Regidores aprueban la compra de una planta de oxígeno medicinal - Diario La Opinión

Regidores aprueban la compra de una planta de oxígeno medicinal

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El pleno del Concejo Provincial de Ica, en sesión extraordinaria llevada a cabo en la tarde de ayer, con carácter virtual, aprobó por unanimidad y en vía de regularización la contratación directa con una empresa para el suministro e instalación de una planta generadora de oxígeno medicinal en la ciudad de Ica.

Dicha compra inicialmente fue desaprobada en la sesión ordinaria del lunes, con cinco votos a favor, siete en contra y una abstención; pero, ante las severas críticas que hizo sentir la población a través de las redes sociales, los regidores que se opusieron a la compra pidieron que los funcionarios de la comuna, vía zoom, les expliquen con mayor detalle técnico los pormenores de la contratación.

La idea del grupo de los siete era que la municipalidad primero contrate con la empresa seleccionada, se instale la planta, funcione correctamente y después se cancele el monto ascendente a 636 mil soles, a favor de la Empresa Modasa (Motores Diesel Andino), sin incluir costo de instalación.

En la sesión los funcionarios aclararon que la compra se hizo en base al acuerdo del pasado 1 de febrero, y que se encontraba en proceso de contratación directa mediante Orden de Compra N° 203 de fecha 14 de abril de 2021, con una precisión de fecha 20 de abril.

Los regidores del grupo de los ocho (incluyendo al que se abstuvo), además de exigir mayor precisión aclararon que en ningún momento se opusieron a la referida compra, sino que necesitaban mayor transparencia.

El dictamen de la Comisión de Regidores de Asuntos Legales fue para que se apruebe la contratación directa para la adquisición de una planta generadora de oxígeno medicinal que será instalada en el establecimiento de salud de la Urb. La Palma Grande, por la causal de Situación de Emergencia establecida en el literal b) del artículo 27° de la Ley de Contrataciones del Estado N° 30225, concordante con el numeral b.1) Acontecimiento Catastrófico – del Art. 100° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Además, que en el plazo de 10 días hábiles siguientes de efectuada la entrega del bien, la entidad municipal debe regularizar aquella documentación referida a las actuaciones preparatorias, el informe o los informes que contienen el sustento técnico legal de la Contratación Directa, el acuerdo que la aprueba, así como el contrato y sus requisitos, que a la fecha de la contratación no haya sido elaborada, aprobada o suscrita, según corresponda; debiendo en el mismo plazo registrar y publicar en el SEACE los informes y el acuerdo en mención.


Daniel Bravo Dextre

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