Durante el Pleno del Congreso, con fecha 10 de junio del presente año, se aprobó la Ley que regula las sesiones virtuales de consejos regionales y concejos municipales. Su principal objetivo es permitir que dichas instancias puedan sesionar válidamente por medios virtuales contemplando situaciones de excepción debidamente declaradas conforme a la Constitución y la normativa vigente.
Es así que el miércoles se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley 31270, que dispone agregar el artículo 13-A en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que regula las sesiones virtuales de concejo municipal y se añade el artículo 14-A en la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, autorizando realizar las sesiones virtuales del consejo regional.
Esto para situaciones de estado de excepción, declarada conforme a la normativa vigente, y ante la imposibilidad de reunirse de manera presencial se puede sesionar válidamente utilizando medios virtuales.
La parlamentaria del Frepap Julia Ayquipa Torres, autora de la iniciativa legislativa, reveló que los gobiernos regionales y locales habían emitido distintas regulaciones con motivo de la emergencia sanitaria para posibilitar las sesiones virtuales, pero que estas disposiciones requerían de una norma de rango de ley, en respeto del principio de legalidad que prima en nuestro ordenamiento legal.
“En aplicación del artículo 106 de la Constitución, era necesario realizar las modificaciones a la Ley Orgánica de Municipalidades y a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, atendiendo al principio de legalidad, que establece que las autoridades administrativas y, en general, todas las autoridades que componen el Estado deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho”, afirmó la congresista Ayquipa.
Esto implica, que “la administración se sujeta especialmente a la ley, y que la autonomía de la que gozan los gobiernos regionales y los gobiernos locales solo se entiende en los asuntos de su competencia, tal como señala la disposición constitucional” puntualizó la legisladora.
Por lo que, las competencias municipales y de los gobiernos regionales solo alcanzan a aquellas que explícitamente están consagradas en la Constitución y en las leyes de desarrollo constitucional. En ese orden había que regular mediante ley a la facultad de sesionar virtualmente de los consejos regionales y concejos municipales.
Finalmente, la congresista Ayquipa Torres refirió que, con esta norma, los consejeros de los gobiernos locales y regionales podrán seguir trabajando por sus pueblos, incluso en tiempos de emergencia nacional y no cerrarán el acceso a los ciudadanos para recibir la debida atención a sus distintas problemáticas.