Dictan 9 meses de prisión preventiva para extranjeros acusados de crimen de ciudadano en Nasca

El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Nasca, a cargo de la magistrada Lucy Juliana Castro Chacaltana, dictó nueve meses de prisión preventiva en contra de los ciudadanos extranjeros Moisés Caldera Caldera (30) y Osvaldo José Arrioja Blondel (24) por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la…

El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Nasca, a cargo de la magistrada Lucy Juliana Castro Chacaltana, dictó nueve meses de prisión preventiva en contra de los ciudadanos extranjeros Moisés Caldera Caldera (30) y Osvaldo José Arrioja Blondel (24) por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio calificado por alevosía, en agravio de Víctor Fitzgerald Paitan Infante.

Asimismo, el referido juzgado ordenó el ingreso de los imputados Moisés Caldera Caldera y Osvaldo José Arrioja Blondel al establecimiento penal que el INPE designe, por el periodo comprendido del 20 de diciembre de 2023 hasta el 19 de setiembre de 2024.

Conforme a la petición del fiscal, se les atribuye a los acusados Moisés Caldera Caldera y Osvaldo José Arrioja Blondel la prisión preventiva de nueve meses, debido a que el 02 de diciembre del año en curso, circulaban en motocicleta por las inmediaciones de la calle Alfonso Ugarte Mz. «D» intersección con pasaje Chingolo de la ciudad de Nasca, y haciendo uso de arma de fuego habrían terminado con la existencia del agraviado Víctor Fitzgerald Paitan Infante, cuyo móvil seria el dominio del mercado de la prostitución en dicha provincia.

Se remarca que el mandato de prisión preventiva no es la condena o pena final, sino una medida cautelar provisional para asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal; esta fue dictada en audiencia virtual, luego que la magistrada escuchara y evaluara los fundamentos del representante del Ministerio Público y de la defensa técnica, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal, Casación N°626-2013-Moquegua y Acuerdo Plenario N°01-2019-CIJ-PJ.