UN PUNTO DE VISTA

Por: Raúl Bravo Sender

Justicia y política

Durante los últimos años, a raíz de los procesos judiciales emblemáticos y mediáticos que han puesto en vitrina cómo se ventila la administración de justicia a ciertos personajes del ámbito político, se han acuñado las alocuciones de “judicialización de la política” o de “politización de la justicia”, denunciándose ante la opinión pública una suerte de intromisión de la justicia sobre la política y de ésta sobre aquella.

Debemos partir del marco jurídico. El artículo 43 de la Constitución establece que el Estado peruano se organiza bajo el principio de separación de poderes. El Poder Legislativo tiene, en ese marco, como funciones las de fiscalizar, legislar y representar, y, por otro lado, el Poder Judicial ostenta la competencia de administrar justicia, determinando la responsabilidad penal del procesado. El Poder Ejecutivo, a su turno, cumple y hace cumplir la ley.

Además de estos tres poderes existen otros organismos constitucionales que, sin ser parte de ellos, la Constitución los confiere ciertas competencias en un marco de independencia y autonomía. Instituciones como el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público y la Junta Nacional de Justicia, forman parte de lo que se ha venido en denominar el Sistema de Administración de Justicia.

El Tribunal Constitucional tiene la última palabra en materia de interpretación constitucional, garantizando la supremacía de la Constitución y la tutela de los derechos constitucionales, además de zanjar los conflictos de competencias entre los poderes e instituciones estatales. El Ministerio Público es defensor de la legalidad y el titular de la acción penal. Mientras que la Junta Nacional de Justicia selecciona, nombra y ratifica a los jueces y fiscales a nivel nacional.

Ahora bien, la idea que subyace detrás del estado de derecho es la de que el derecho debe ser un límite del poder político, con el propósito de salvaguardar los derechos y las libertades individuales. Se le divide al poder para evitar su concentración y evitar que así nadie abuse en su ejercicio, estableciéndose un sistema de pesos y contrapesos en el que el poder en manos de distintas personas se controla a sí mismo.

¿Qué son la justicia, el derecho y la política? ¿Cuáles son las relaciones que se configuran entre estas dimensiones? Escenarios políticos son el Congreso y el Gobierno, en los que existen ciertos márgenes de interpretación que van más allá del contenido jurídico. Sin embargo, tanto los tribunales de justicia del Poder Judicial, como el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público y, la Junta Nacional de Justicia, ajustan su accionar a la norma jurídica.

Es labor del fiscal investigar y acusar, y es competencia de un juez el hallar si un procesado es culpable o no de un delito, entendiéndose que deben cumplir sus respectivas funciones sin anteojos que distingan si la persona se desenvuelve o no en la política, pues todos somos iguales ante la justicia y no existe discriminación de ninguna índole. Y a su turno, el Congreso tiene la atribución de investigar e incluso de hacer juicio político a altos funcionarios.

Todos los funcionarios del Estado ejercen poder dentro del marco de sus competencias, funciones y atribuciones establecidas por la Constitución y demás normas jurídicas. La cuota de poder que ostentan no debe ejercerse como un instrumento de persecución o venganza, siendo la razonabilidad y la proporcionalidad los filtros para examinar si un funcionario está saliéndose del marco normativo. Entonces ¿qué tan válidas son estas alocuciones?

¿Acaso son meros recursos para victimizarse y evadir responsabilidades? Ni politizaciones ni judicialización, entonces. Que simple y sencillamente cada funcionario y servidor público se limite a cumplir sus respectivas funciones sin miramientos ni anteojeras. La idea del estado de derecho es precisamente esa, que nadie ostente más poder que otro para evitar la tiranía de uno, siendo el derecho un límite del poder y no su reflejo.

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