Gobiernos locales y regional de la región Ica no cumplen la Ley Marco sobre Cambio Climático

Días atrás, en diciembre último, hemos ingresado a la estación de verano 2024, la estación más calurosa del año, sobre todo en la costa norte y sur del país. El ciudadano común de nuestros pueblos, ya sea hombre o mujer, suelen decir mucho calor o sofocante calor, pero siempre hemos tenido calor moderado; pero lo…

Días atrás, en diciembre último, hemos ingresado a la estación de verano 2024, la estación más calurosa del año, sobre todo en la costa norte y sur del país. El ciudadano común de nuestros pueblos, ya sea hombre o mujer, suelen decir mucho calor o sofocante calor, pero siempre hemos tenido calor moderado; pero lo que ocurre en las últimas décadas es que el calor es incesante, elevada temperatura en ciertas horas del día; a causa de concentraciones de gases de efecto invernadero y la afectación de la capa de ozono.

Ya se percibe los efectos del cambio climático en el mundo, sobre todo en el Perú, aunque alguien pretenda desconocerlo, ya es una realidad y lo que nos queda es adaptarnos y de esa manera mitigar los efectos del cambio climático por el que atravesamos los seres vivos, sobre todo la humanidad. Sin embargo, las acciones adoptadas y funciones aún no se ejecutan con mayor responsabilidad en las tres instancias de gobierno en el Perú, sobre todo en la región Ica; en cuanto a la ley marco sobre cambio climático.

Esta vez nos referimos a los gobiernos locales y regional de Ica. Es así, a cuatro años de vigencia del reglamento de la Ley N°30754, mediante el D.S. N°013 -2,019 -MINAM, existe el incumplimiento de funciones de las municipalidades provincial y distritales de Palpa con respecto a dicha ley, que en el Art. 11 se lee textualmente las competencias y de acuerdo a sus capacidades asumir funciones sobre la base de los principios y enfoques establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley marco de cambio climático:

1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar sus planes locales ante el cambio climático -PLCC-, en conformidad con la estrategia regional ante el cambio climático -ERCC- de su territorio, la estrategia nacional ante el cambio climático -ENCC-, las contribuciones determinadas a nivel nacional -NDC-, con sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización del plan de desarrollo concertado.

2) Incorporar medidas de adaptación y mitigación definidas en los PLCC en: a) El Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan de Desarrollo Urbano, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional, entre otros.

Dicho reglamento está vigente, pero lastimosamente durante el año 2023 la municipalidad provincial de Palpa, a cargo del alcalde Javier Grados Tello, no ha cumplido con el lineamiento establecido de ejecutar los PLCC, lo que será para el año en curso que recién iniciamos. Asimismo, ninguno de los alcaldes de las municipalidades distritales de Llipata, Richard Mantilla Bendezú; de Río Grande, Ruperto Preciado Espino; de Santa Cruz, Carlos Gutiérrez Apcho; y de Tibillo, Eddy Choque Pérez, han efectuado trabajo alguno de PLCC en el año que finalizó y ojalá que en el presente año puedan efectuar trabajos en cumplimiento del LMCC.

De igual manera, la responsabilidad recae a los demás alcaldes provinciales y distritales de Nasca, Ica, Pisco y Chincha, y, con honrosas excepciones, reconocer el trabajo de algunos burgomaestres en la labor de concientización, adaptación y mitigación del cambio climático. También la responsabilidad incumbe al gobernador regional de Ica, Jorge Hurtado Herrera, quien debería liderar el esfuerzo de manera descentralizada, a través de algunas direcciones sectoriales del Gobierno Regional de Ica.


Foto y Texto: Bacario A. Bautista Yucra