Medida cautelar tiene como fin asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal.
Jueza del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chincha

Dictan nueve meses de prisión preventiva por el delito de violación sexual de menor

Medida cautelar tiene como fin asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal.

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica, a cargo de la magistrada Iris Maritza Anchante Yataco, dictó nueve meses de prisión preventiva contra Armando Adolfo De la Cruz Gonzáles (46 años), por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual, Violación Sexual en agravio de su menor hijastra de identidad reservada de iniciales A.L.O.P. de 11 años de edad.

La citada medida cautelar fue dictada en audiencia de prisión preventiva, llevada a cabo mediante la plataforma virtual “Google Meet”, luego que la magistrada escuchó y evaluó los fundamentos del representante del Ministerio Público y de la defensa técnica, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del código procesal penal y Casación N°626-2013-Moquegua.

De acuerdo al requerimiento del Ministerio Público, De la Cruz Gonzáles en forma continua maltrataba sexualmente a su hijastra de once años de edad, desde que ésta tenía siete años; hechos ocurridos en el interior del domicilio de la menor agraviada ubicado en el distrito de Sunampe, provincia de Chincha, aprovechando que ésta última se encontraba sola en el interior de su domicilio, debido a que su señora madre salía a laborar a la Empresa Textil del Valle o al mercado.

Siendo la última vez el lunes 26 de abril del 2021 a las veintitrés horas aproximadamente, aprovechando que la madre de la menor agraviada se encontraba en la Sala durmiendo sobre un colchón que previamente éstos habían sacado a la Sala, el denunciado ingresó al dormitorio donde dormía menor agraviada, dando riendas a sus bajos instintos. Habiendo la menor agraviada puesto de conocimiento de estos hechos a su hermana, luego que ésta última se enterara de los hechos ilícitos por otra persona, constituyéndose inmediatamente la hermana de la agraviada a interponer la denuncia respectiva.

La citada resolución precisa que el imputado deberá permanecer recluido en el Establecimiento Penitenciario que el INPE designe, por el tiempo establecido por el Juzgado, hasta el 26 de enero del 2022. Finalmente, con los elementos de convicción que sirvieron para que la magistrada emita el auto de prisión preventiva, al investigado de comprobarse su responsabilidad podría imponerse la pena de cadena perpetua.

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