El Poder Ejecutivo oficializó el pasado sábado la Ley Nº 31334, que establece el derecho del trabajador a gozar de licencia para acudir a su cita en el día programado para su vacunación contra la covid-19.
La norma publicada en El Peruano, de esta manera, señala que la licencia por vacunación es otorgada hasta por cuatro horas en el día programado para la vacunación, con goce de haber.
Añade que la licencia se comunicará al empleador y se tramitará por el área de Recursos Humanos del centro laboral, o el que haga sus veces, por lo menos con 48 horas de anticipación. La norma tiene vigencia para el sector público y privado.
De existir una situación excepcional por la cual el centro de vacunación no esté operando el día de la licencia, se volverá a solicitar la licencia conforme a lo establecido en el párrafo anterior, precisa.
Además, el Poder Ejecutivo deberá reglamentarlo en un plazo no mayor de 30 días hábiles desde su entrada en vigencia.