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Obras de Contugas generan malestar por rotura de pistas
| Daniel Bravo Dextre Desde hace varios días el tránsito vehicular en el cercado de Ica es caótico, debido a las obras de tendido de redes de gas natural que viene ejecutando la empresa Contugas. La obra -en realidad- busca beneficiar a las familias de esa zona de la ciudad que aún no cuentan con…

| Daniel Bravo Dextre
Desde hace varios días el tránsito vehicular en el cercado de Ica es caótico, debido a las obras de tendido de redes de gas natural que viene ejecutando la empresa Contugas.

La obra -en realidad- busca beneficiar a las familias de esa zona de la ciudad que aún no cuentan con el servicio de gas doméstico. El problema es que se están abriendo zanjas en calles que en los últimos cinco años han sido asfaltadas por la comuna iqueña; las mismas que por más que sean parchadas no quedarán igual, en base a la nefasta experiencia que ya tenemos desde hace 10 años, cuando la transnacional nos dejó las calles literalmente “bombardeadas”, por el desnivel y las enormes fisuras que quedaron.
La municipalidad provincial de Ica, tratando de liberarse de responsabilidad, sostiene que le ha remitido documentación a la filial peruana de Contugas, indicando que las obras de pistas y veredas son nuevas y que tienen responsabilidad civil de siete años, en caso de deterioro.

Agrega que el consorcio se está amparando en la Ley N° 29969 que promueve la promoción de la masificación de gas natural; pero que, sin embargo, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la comuna ha solicitado que se refaccionen o se parchen las calles de inmediato, una vez culminado el trabajo de instalación.
De acuerdo a la ley en mención, las municipalidades fueron obligadas a eliminar de sus TUPA todo tipo de trabas burocráticas que generen dificultades en la masificación del gas.
Las trabas están referidas al cobro de derechos de apertura de zanjas, instalación de tuberías y otros trámites que alargan los trámites de ejecución de trabajos. Ello no quiere decir que el gobierno local deje a su suerte las vías públicas y no vele por su cuidado y conservación, dentro de la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, según lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
