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Poder Judicial confirma sentencias de cadena perpetua a dos sujetos por violación a menores
En audiencia privada de apelación de sentencia, realizada el 27 de julio del año en curso, la Sala Penal de Apelaciones de Chincha y Pisco confirmó dos sentencias que condenan a los acusados Miguel Ángel Quito Morán y Antony Mauro Bravo Quilca como autores y responsables por el delito contra la libertad – violación de…

En audiencia privada de apelación de sentencia, realizada el 27 de julio del año en curso, la Sala Penal de Apelaciones de Chincha y Pisco confirmó dos sentencias que condenan a los acusados Miguel Ángel Quito Morán y Antony Mauro Bravo Quilca como autores y responsables por el delito contra la libertad – violación de la libertad sexual – en su modalidad de violación sexual en agravio de dos menores, a la pena de cadena perpetua.
Así, el Superior Colegiado, conformado por los señores magistrados José Javier Magallanes Sebastián (presidente), Darcy Vivanco Ballón y Elmer Rojas Apaza, desestimaron el recurso de apelación presentado por la defensa legal de los sentenciados, que pretendía revocar la sentencia emitida por el Juzgado Colegiado Penal Supraprovincial Zona Norte – Chincha.
El Colegiado, con las pruebas aportadas estableció que en el proceso N° 00254-2019-95-1408-JR-PE-01, el sentenciado Miguel Quito Moran practicó el acto sexual a una menor en contra de su voluntad, habiéndola llevado en primer lugar a un hospedaje de techo propio donde no los dejaron ingresar; luego, con un amigo la llevaron hasta una casa de esteras ubicada en el sector Santa Rosa, donde se cometió el ilícito penal, hechos ocurridos el 19 de agosto del 2018, cuando la víctima contaba con 12 años de edad.
Mientras que en el proceso N°00282-2017-8-1408-JR-PE-01, el sentenciado Antony Bravo Quilca abusó sexualmente en reiteradas oportunidades de una menor -quien es su sobrina- en contra su voluntad, aprovechando la relación de dependencia con la misma, hechos ocurridos en el distrito de Pueblo Nuevo – Chincha, entre los meses de marzo y agosto del 2016, cuando la víctima contaba con 13 años de edad.
Cabe indicar que estos delitos se encuentran tipificados en: a) proceso N° 00254-2019-95-1408-JR-PE-01, en el artículo 173° del Código Penal, y b) proceso N° 00282-2017-8-1408-JR-PE-01, en el primer párrafo numeral 2 del artículo 173° del Código Penal, concordante con el último párrafo de la acotada norma legal, vigente en la fecha que sucedieron los hechos, delito que es reprimido con cadena perpetua.
Asimismo, al haber afrontado el proceso el sentenciado Antony Mauro Bravo Quilca en libertad, el Superior Colegiado dispuso oficiar a las entidades policiales correspondientes a efectos de que dispongan la ubicación, captura e internamiento en el establecimiento penitenciario que designe el INPE.
De esta forma, la Corte Superior de Justicia de Ica busca reprimir y erradicar la violencia sexual a través de sus órganos jurisdiccionales, sentenciado severamente a los ciudadanos que actúan al margen de ley.
