La Contraloría General emitió el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 27494-2024-CG/GRIC-AOP, practicada al hospital “Santa María del Socorro” de Ica, dando cuenta el hallazgo de indicios de irregularidad en la Contratación de Personal Bajo el Régimen del Decreto Legislativo N° 276.
En su informe, la Contraloría revela que la Acción de Oficio Posterior al Hospital Socorro corresponde a un servicio de control posterior no programado en el Plan Operativo 2024 de la Gerencia Regional de Control de Ica, registrado en el Sistema de Control Gubernamental – SCG con la Orden de Servicio N° 01-L445-2024-049, en el marco de lo previsto en la Directiva N° 007-2023-CG/VCIC “Acción de Oficio Posterior”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 253-2023-CG del 27 de junio de 2023.
También señala que el Informe de Acción de Oficio Posterior se emite con el objetivo de hacer de conocimiento del titular del hospital la existencia de hechos con indicios de irregularidad, con el propósito de que adopte las acciones inmediatas que correspondan en el ámbito de sus competencias.
Agrega que el 18 de setiembre pasado, con Oficio N° 001182-2024-CG/GRIC, la Gerencia Regional de Control de Ica solicitó al hospital información respecto del estado laboral de 42 personas.
Es así que el 2 de octubre último, mediante Oficio N° 1333-2024-GORE-ICA-DRSA-HSMSI-UPER/DE, el Hospital Socorro informó que, de las 42 personas, 12 ya no tenían vínculo laboral y que 30 mantienen vínculo laboral bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.
Menciona que, posteriormente, el 24 de octubre de 2024, mediante Oficio N° 1275-2024-CG/GRIC, la Gerencia Regional de Control de Ica solicitó al Hospital “Santa María del Socorro” la documentación que sustente los resultados finales de los concursos públicos de mérito que han sido llevados a cabo para el ingreso a la administración de aquellas 30 personas que mantienen vínculo laboral con el nosocomio, bajo el régimen del D. Leg. N° 276.
Fue así que, mediante Oficio N° 1441-2024-GORE-ICA-DRSA-HSMSI-UPER/DE, de fecha 4 de noviembre de 2024, el hospital responde que habiendo revisado los archivos que obran en la Unidad de Personal de los años 2021, 2022 y 2023, no se encuentran documentos respecto a concurso público de méritos (régimen del D. Leg. N° 276), por lo que dicho personal ingresó a laborar en atención a las necesidades que los servicios requerían, sin el requisito previo del concurso de mérito como manda la ley, conforme concluye la Contraloría.
También aclara que la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público, aplicable a todas las personas que prestan servicios remunerados bajo subordinación para el Estado, establece en su artículo 5º que “el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, por grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidad de las personas, en un régimen de igualdad de oportunidades”.
Daniel Bravo Dextre