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Dunas de Ica bajo asedio Depredación territorial, construcciones ilegales y omisión estatal en la protección del patrimonio natural iqueño

Por: Pedro Seguisfredo Méndez León, Abogado con Maestría en Derecho Penal y Ciencias Penales, Doctorando en Derecho Penal. Durante años se nos ha querido hacer creer que el deterioro de las dunas en Ica es un problema meramente turístico o paisajístico, una consecuencia inevitable del crecimiento económico o de la actividad recreativa. Esa lectura resulta…

Por: Pedro Seguisfredo Méndez León, Abogado con Maestría en Derecho Penal y Ciencias Penales, Doctorando en Derecho Penal.

Durante años se nos ha querido hacer creer que el deterioro de las dunas en Ica es un problema meramente turístico o paisajístico, una consecuencia inevitable del crecimiento económico o de la actividad recreativa. Esa lectura resulta cómoda, pero profundamente equivocada. Lo que hoy ocurre en Ica no es solo desorden ni informalidad: es un proceso sostenido de depredación territorial frente al cual el Estado ha reaccionado tarde, de manera insuficiente o, en algunos casos, simplemente no ha reaccionado.

Los ciudadanos de Ica estamos siendo testigos directos de cómo cerros y dunas desaparecen para dar paso a construcciones irregulares. El patrón se repite con preocupante claridad; ingreso de maquinaria pesada, remoción masiva de arena, eliminación total de dunas y posterior consolidación del terreno para edificar. No se trata de hechos aislados ni de intervenciones menores. Se trata de una transformación agresiva e irreversible del territorio, muchas veces realizada sin licencias claras, sin fiscalización efectiva y sin consecuencias reales.

Reducir este fenómeno a un problema ambiental resulta insuficiente. Estamos ante un problema jurídico de primer orden, porque lo que se vulnera no es solo el paisaje, sino el principio de legalidad en el uso del suelo, el deber de protección del patrimonio natural y la responsabilidad funcional de las autoridades competentes. Cuando una duna se elimina con maquinaria pesada, no desaparece por casualidad; desaparece porque alguien lo permitió, lo toleró o no actuó cuando estaba obligado a hacerlo.

La respuesta estatal frente a esta realidad ha seguido una lógica equivocada. Se anuncian operativos, se publican comunicados, se incrementan multas y se promete mayor fiscalización. Todo ello suena bien, pero en la práctica resulta claramente insuficiente. La experiencia demuestra que el problema no es la ausencia de normas, sino la baja probabilidad de una sanción efectiva. Cuando las infracciones se detectan, pero no se ejecutan; cuando las obras se paralizan solo en el papel o cuando las multas se imponen, pero no se cobran, el mensaje que se transmite es peligroso: infringir la ley resulta rentable.

En ese contexto, la depredación no avanza por falta de Derecho, sino porque el Derecho no llega a tiempo o no llega con consecuencias reales. El ordenamiento jurídico existe, pero su aplicación se diluye entre trámites, dilaciones y decisiones que nunca terminan de ejecutarse. Así, la ilegalidad se consolida como hecho consumado.

La defensa del territorio suele expresarse en discursos solemnes y documentos bien redactados. Se habla de patrimonio, de sostenibilidad y de protección intergeneracional. Sin embargo, mientras esos conceptos se repiten en comunicados oficiales, en el terreno las dunas siguen siendo removidas. El contraste es evidente: el Estado proclama protección, pero tolera hechos consumados. Se condena la informalidad, pero se reacciona cuando el daño ya es irreversible. De este modo, la protección del territorio corre el riesgo de convertirse en retórica administrativa, más orientada a justificar inacciones que a prevenir daños.

No basta con anunciar operativos ni con elevar multas como si el infractor actuara por desconocimiento de la ley. Cuando la ilegalidad se consolida, el costo de cumplir la norma se vuelve mayor que el de infringirla. Y en ese escenario, el Derecho pierde su capacidad disuasiva.

Desde una perspectiva jurídica, la cuestión central ya no es únicamente quién depreda, sino quién permitió que la depredación ocurriera. La omisión estatal no es una abstracción; se materializa cuando las autoridades competentes no ejercen oportunamente sus funciones de control, fiscalización y sanción. Gobierno regional, municipalidades y entidades sectoriales tienen competencias claramente definidas. Cuando esas competencias no se ejercen con diligencia, se configura una responsabilidad funcional que no puede seguir siendo normalizada. La omisión prolongada también genera daño y, en algunos casos, resulta tan grave como la acción directa.

El caso de Huacachina, visibilizado por informes de la Contraloría, alertas del Ministerio Público y pronunciamientos institucionales como el del Colegio de Abogados de Ica, no debe entenderse como una excepción, sino como un síntoma. Es el ejemplo más visible de un problema que se extiende a otras zonas de dunas de la provincia y la región, donde la informalidad, la ocupación ilegal y la debilidad de la fiscalización han ido normalizando lo inaceptable.

La posición del Colegio de Abogados de Ica resulta jurídicamente relevante y cumple un rol institucional necesario; sin embargo, también evidencia un límite estructural. La defensa del territorio no se agota en pronunciamientos ni comunicados, por sólidos que estos sean, sino que exige decisiones ejecutadas, sanciones efectivas y resultados concretos por parte de las autoridades con competencia directa.

El señalamiento público de la ilegalidad no sustituye la acción del gobierno regional, de las municipalidades ni de las entidades sectoriales responsables de la fiscalización y el control. Cuando las advertencias no se traducen en medidas reales, el mensaje que se transmite es claro; la ilegalidad puede avanzar sin consecuencias, mientras la protección del territorio queda reducida a declaraciones formales.