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Justifica cobro por ingreso de visitantes: GORE Ica publica ordenanza regional sobre ordenamiento en Huacachina

Daniel Bravo Dextre  El gobierno regional de Ica publicó ayer en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Regional N° 004-2026-GORE-ICA, que modifica los lineamientos para regular las actividades de uso turístico en el Área de Conservación Regional Laguna de Huacachina (ACRLH) y establece nuevas disposiciones.  En la norma regional que fuera aprobada por el Consejo Regional del gobierno regional de…

Daniel Bravo Dextre 

El gobierno regional de Ica publicó ayer en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Regional N° 004-2026-GORE-ICA, que modifica los lineamientos para regular las actividades de uso turístico en el Área de Conservación Regional Laguna de Huacachina (ACRLH) y establece nuevas disposiciones. 

En la norma regional que fuera aprobada por el Consejo Regional del gobierno regional de Ica, en sesión ordinaria de fecha 17 de marzo de 2026, se menciona que el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MINAM, en su numeral 2.2.3. precisa que las Áreas de Conservación Regional -ACR- se establecen principalmente para conservar la diversidad biológica de interés regional y local, y mantener la continuidad de los procesos ecológicos esenciales y la prestación de los servicios ambientales que de ellos se deriven. Además, señala que puede promover actividades compatibles con los objetivos de conservación, como la educación ambiental, la investigación aplicada, el turismo sostenible, entre otras. 

También se menciona que, la sostenibilidad financiera de las áreas naturales protegidas, permite que los objetivos de las mismas se cumplan y por ello resulta necesario promover entre otros, el mecanismo de pago por ingreso a dichas áreas. 

En ese sentido, se hace mención al Reglamento de Uso Turístico de las Áreas Naturales Protegidas, donde se precisa que todo visitante que ingresa a una ANP con fines de turismo o recreación, deberá abonar un pago por concepto de derecho de ingreso. Los recursos generados por este concepto deben ser invertidos en la conservación, recuperación, mantenimiento, seguridad y en la mejora de los servicios a los visitantes en el ANP que genera estos ingresos. 

También se cita el inciso 38.1 del artículo 38 de la Ley General de Turismo, Ley N° 32392, donde se establece que los recursos provenientes de las tarifas por concepto de visitas o ingresos con fines turísticos a las áreas naturales protegidas, así como a bienes integrantes de la nación, deben ser utilizados bajo responsabilidad en la conservación, recuperación, mantenimiento, puesta en valor y seguridad del patrimonio cultural y natural de la nación. 

Igualmente, se señala a los artículos 68 y 69 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado por el Decreto Supremo N° 038-2001-AG, donde se establece que las áreas de conservación regional son administradas por los gobiernos regionales, en coordinación con las municipalidades, poblaciones locales, comunidades campesinas o nativas que habiten en el área e instituciones privadas y públicas, quienes participen en la gestión y desarrollo de las mismas. 

Del mismo modo, se menciona la Ley de Áreas Naturales Protegidas – Ley N° 26834 que en su artículo 17, establece que el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas, para ello se podrá suscribir u otorgar, sea por el Sernanp o por las autoridades competentes a nivel nacional, regional o municipal, según sea el caso: a) Contratos de Administración del Área, b) Concesiones para la prestación de servicios económicos dentro del área, c) Contratos para el aprovechamiento de recursos del sector, d) Convenios para la ejecución de proyectos o programas de investigación y/o conservación, e) Autorizaciones y permisos para el desarrollo de actividades menores, y f) Otras modalidades que se establezcan en la legislación. 

Reinversión 

El boleto turístico por paseo en tubulares o pago por ingreso de visitantes a Huacachina se viene cobrando desde hace varios años. Del primero se desconoce en qué se reinvierte en el balneario; mientras que del segundo los balances siempre son en rojo, debido a que se gasta más en mantenimiento y pago de guardaparques. 

Cuando las empresas privadas manejaron los ingresos del Área de Conservación obtenían un balance a favor. Es que los encargados eran muy celosos en los gastos; incluso, hacían actividades de recreación turística y culturales. Lo importante es que la actividad empresarial no se paraliza y los ingresos por el uso de servicios turísticos cada vez son mayores. Los empresarios no se oponen a la regulación, si no que los dejen trabajar sin muchas trabas.