Con relación a la orden de captura que pesa contra el congresista electo Raúl Doroteo Carbajo, en declaraciones a la prensa local, el abogado Carlos Manuel Bravo Evaristo, quien patrocina al ciudadano Víctor Antonio Chacaliaza Carrasco, dio mayores detalles de la situación legal del referido político pisqueño.
El letrado mencionó que con fecha 13 de mayo actual, el ciudadano Víctor Chacaliaza demandó ante la Dirección General de Defensa Jurídica del Jurado Nacional de Elecciones -JNE- la designación de un procurador a fin de que se apersone en el proceso judicial seguido contra el congresista electo, en defensa y derechos del referido órgano electoral.
El ciudadano también está solicitando que el JNE oficie al Segundo Juzgado Unipersonal de Pisco, con la finalidad que remita al ente electoral copias certificadas de los principales actuados contenidos en el Expediente N° 659-2014, correspondiente al juicio oral seguido contra Raúl Doroteo por la comisión de los delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica, donde el JNE tiene la calidad de agraviado.

El caso proviene del año 2013, cuando Doroteo postuló como regidor de la municipalidad provincial de Pisco, en cuya ocasión habría mentido en su hoja de vida al indicar que tenía estudios de Ingeniería de Sistemas y que era egresado de la Universidad “San Ignacio de Loyola”.
Precisamente, en el documento aludido el ciudadano Víctor Chacaliaza también hace referencia que mediante Informe N° 012-2013, de fecha 23 de mayo de 2013, el coordinador de fiscalización del Jurado Electoral Especial de Ica manifestó que Raúl Doroteo Carbajo, al momento de su postulación a regidor provincial por el partido Acción Popular, el año 2013, habría consignado información falsa o errónea en su hoja de vida al señalar haber egresado de dicha universidad privada, lo cual fue descartado por esa casa superior de estudios, mediante carta de fecha 23 de abril de 2013.
Chacaliaza, igualmente, menciona que ante tales hechos la Fiscalía competente formalizó oportunamente la investigación preparatoria y que luego formuló acusación fiscal contra Doroteo, por la comisión de los delitos comentados.
Refiere que mediante Resolución N° 5, de fecha 12 de marzo de 2018, el Poder Judicial inicialmente absolvió al electo parlamentario de los delitos atribuidos, tipificados en los artículos 411 y 438 del Código Penal; pero, que la Sala Penal de Apelaciones de Chincha y Pisco mediante sentencia contenida en la Resolución N° 11, de fecha 9 de mayo de 2019, declaró nula la sentencia absolutoria y nulo el juicio oral efectuado.
Nuevo juicio oral
Agrega que la Sala Superior Penal también dispuso la realización de un nuevo juicio oral a cargo de otro juzgado, conforme a lo regulado por el Art. 426 inciso 1 del Código Procesal Penal, debiéndose tener en cuenta las observaciones formuladas en la sentencia de vista.
El ciudadano sostiene que en cumplimiento a lo dispuesto por el superior jerárquico, el Segundo Juzgado Unipersonal de Pisco, el pasado 31 de marzo convocó a audiencia de inicio de juicio oral, la cual contó con la participación de la Fiscalía y del abogado del imputado, y que el procurador del JNE no se personó.

También menciona que Raúl Doroteo no concurrió a dicha audiencia de manera injustificada, por lo que el juzgado mediante Resolución N° 16, de fecha 31 de marzo de 2021, lo declaró reo contumaz, ordenando se oficie a la PNP para que se disponga su captura a nivel nacional.
Para Víctor Chacaliaza, el electo congresista al no ponerse a derecho y responder por los cargos imputados, estaría dilatando el trámite del proceso judicial en su contra, a fin de poder ser proclamado parlamentario y desde dicha posición como miembro de un Poder del Estado “seguir entorpeciendo el proceso hasta que el caso prescriba”.
Según la sentencia, el caso se encuentra temporalmente archivado hasta que el imputado sea habido o se ponga a derecho, iniciándose recién el juicio oral que continuará hasta que se emita un fallo definitivo, sin necesidad que el Congreso le levante la inmunidad, conforme a la enmienda constitucional recientemente aprobada y que le alcanza al electo legislador.
Finalmente, el pasado lunes 17 el ciudadano peticionante, a través de su abogado Carlos Bravo Evaristo, puso en conocimiento del pleno del Jurado Electoral Especial de Ica la solicitud cursada a la Dirección General de Defensa Jurídica del JNE, a fin de que éste órgano adopte las medidas pertinentes y designe un procurador para que se apersone al proceso judicial seguido contra Raúl Doroteo y promueva la celeridad del trámite judicial.