El Gobierno incrementó la remuneración mínima vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en 95 soles, con lo cual pasará de 930 a 1,025 soles.
Dicho incremento, que tendrá eficacia a partir del 1 de mayo de 2022, según el Decreto Supremo Nº 003-2022-TR publicado ayer en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Pedro Castillo, y de la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez.

El reajuste de la remuneración mínima toma en cuenta criterios técnicos para el análisis de los índices de inflación subyacente y productividad, indica el decreto en sus considerandos.
Ello, a fin de que el incremento refleje el desempeño económico del país y contribuya con la mejora sostenida del poder adquisitivo de los trabajadores.
Criterio técnico y necesidad de trabajadores
Sobre el tema, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, sostuvo que el incremento de la remuneración mínima vital responde a un criterio técnico y a una necesidad de la masa trabajadora.
“Debemos tener en cuenta que esta medida responde a un criterio técnico y a una necesidad de la masa trabajadora, pero además es un mandato constitucional”, explicó en conferencia de prensa.
“Recordemos que la RMV no se incrementa hace 4 años, de tal forma que consideramos razonable y justo en el país que esta remuneración que se incrementa a S/ 1,025 es la que corresponde en estricta legalidad y en estricto análisis de razonabilidad”, añadió el titular de Justicia.
Chero indicó que el incremento del sueldo mínimo se debe también a la reciente alza de productos básicos, por lo que la medida representará un paliativo ante el nuevo costo de la canasta familiar.