Contraloría detecta perjuicio en implementación de ciclovías en Ica

La Contraloría General detectó un perjuicio económico ascendente a 413 mil soles en la municipalidad provincial de Ica, debido a que el proyecto del sistema de transporte sostenible no motorizado (ciclovía), no contó con estudios técnicos ni de tráfico vehicular para comprender la función, forma y uso de las vías, ocasionando demoras en su implementación…

La Contraloría General detectó un perjuicio económico ascendente a 413 mil soles en la municipalidad provincial de Ica, debido a que el proyecto del sistema de transporte sostenible no motorizado (ciclovía), no contó con estudios técnicos ni de tráfico vehicular para comprender la función, forma y uso de las vías, ocasionando demoras en su implementación y puesta en funcionamiento.

Dentro de su labor de control específica, la Contraloría Regional identificó a cinco funcionarios con presunta responsabilidad civil o administrativa.

El proyecto tuvo como fin implementar un total de 26.745 kilómetros de red de ciclovía, distribuidos en seis tramos de las principales avenidas de la ciudad de Ica. La ciclovía contó con un presupuesto ascendente a 991 mil 747 soles.

El Informe de Control Específico N° 021-2022-2-0406, reveló que el expediente técnico fue aprobado sin contar con la participación de la Gerencia de Transportes, Tránsito y Seguridad Vial de la municipalidad. Tampoco contó con los estudios de ingeniería que hubieran permitido evaluar en qué vías era factible su implementación.

La Contraloría comprobó, además, que se implementaron tramos sin sustento técnico y se realizaron contrataciones de bienes y servicios que no cumplieron su finalidad, afectando el objetivo de promover el uso de la ciclovía de forma segura, coherente, cómoda, directa y atractiva para combatir la propagación del covid-19.

Los resultados del servicio de control posterior -que comprendió el período del 20 de noviembre de 2020 al 21 de junio 2022- fueron notificados a la alcaldesa Emma Mejía Venegas, con la finalidad de que formule el deslinde de las responsabilidades administrativas, así como a la Procuraduría Pública de la Contraloría para el inicio de las acciones civiles que correspondan. (DBD)