Un trabajo articulado para la identificación de niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de orfandad y sean beneficiados con una pensión económica del Estado, iniciaron la municipalidad provincial de Ica y el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif).
El alcalde Carlos Reyes Roque en reunión de coordinación con la representante de dicho programa, Norma Leyva, acordaron desarrollar una labor conjunta para dar cumplimiento a este derecho que beneficiaría a gran número de menores en situación de vulnerabilidad.
Según lo pactado, se brindará asistencia técnica para los procesos de identificación y registro del grupo social a beneficiar; así como la difusión de los procedimientos, requisitos y condiciones para acceder al programa social, mediante el uso de los diversos canales de información.

De acuerdo a la normatividad, cada beneficiario recibirá una pensión mensual de 200 soles que será depositada cada dos meses a una cuenta personal que habilitará el Inabif para tal fin, según informó la municipalidad.
Los alcances de este beneficio se encuentran contemplados en la Ley N° 31405, ley que promueve la protección y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de orfandad.
En la cita también participaron el gerente municipal de Desarrollo Social, licenciado José Campos Aparcana, y la subgerente de Programas Sociales, licenciada Norma Pérez.

Complemento
Los beneficiarios recibirán la asistencia económica hasta que cumplan los 18 años, sin importar la edad que tengan al momento de recibir el bono. Con ello se busca garantizar que los menores no pierdan oportunidades por falta de cuidados.
La pensión se otorgará a través del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – Inabif, por lo que cualquier persona que esté a cargo de una niña, niño o adolescente que haya quedado huérfano puede solicitar que se le otorgue esta asignación a través de la mesa de partes virtual o física del Inabif (ingresando a www.gob.pe/Inabif) o pueden escribir un correo a mesadepartes@inabif.gob.pe
Para acceder a esta pensión, la persona que esté al cuidado del beneficiario debe acreditar el vínculo entre la niña, el niño o adolescente y la persona fallecida por Covid (partida de nacimiento, certificado de nacido vivo o resoluciones judiciales de adopción o administrativa que dicta el acogimiento familiar). (DBD)
