Cajón de sastre

LA JUSTICIA EN OJOTAS

Segundo Florencio Jara Peña

En memoria de Inocencio Abarca Zúñiga, juez de Paz de
Tambobamba, a quien esta historia le debe su inspiración

Hace mucho tiempo, cuando todavía sorbíamos -cual infante en crecimiento- de las ubres del derecho oficial y pensábamos, ingenuamente, que la panacea para todos los conflictos sociales era simplemente la aplicación fría de la Ley, realizamos, un amigo y yo, una caminata entre deportiva y turística (ahora le denominan rimbombantemente “turismo de aventura”). Llegamos ya entrada la noche a un pequeño poblado borrado casi por la oscuridad, también de los mapas oficiales. Por supuesto, la población carecía de alojamientos. Aunque llevábamos consigo una carpa para los accidentes atmosféricos u otras eventualidades similares, algunos vecinos notables se ofrecieron a hospedarnos por aquella noche. Mi anfitrión fue el juez de Paz. Me acomodó en el suelo, con mi bolsa de dormir, en un rincón de una habitación oscura. El trajín de la jornada me ayudo muy pronto a pescar el sueño.

Aún el alba no había despuntado cuando unas voces, una mezcla de rumores más en quechua que en español, se filtraron en mi somnolienta vigilia. A medida que me despabilaba iba cayendo en la cuenta que aquel juez de Paz, que calzaba ojotas y se calaba la cabeza con un sombrero de hechura artesanal, me había cedido su despacho judicial para que pasara la noche. Antes de ponerle atención a la conversación, fingiendo aún dormir, reparé en el ambiente. Era una habitación en la que se habían amontonado muchas herramientas agrícolas, aperos de equitación y una variedad de productos de pan llevar. Al medio estaba una pequeña mesa de madera, también de factura artesanal; sobre ella se observaban algunos papeles y varios Libros de Actas, ante la cual se hallaba sentado mi anfitrión oyendo atentamente a dos campesinos. Mientras tanto, en la puerta de la habitación que daba hacia el patio se observaba un buen número de sus connaturales esperando también ser atendidos, sin inmutarse por mi presencia. Por el lapso de más de tres horas fui testigo de cómo este singular juez de Paz ponía fin a una abigarrada gama de conflictos, unas más curiosas y sui generis que las otras, cuyas soluciones también resultaban, además de ingeniosas, inverosímiles. Dentro de mi precaria formación jurídica estuve convencido, aquella vez, que nuestro personaje había incurrido en Prevaricato, pues muchas de sus soluciones estaban fuera de su competencia o simplemente no aplicaba la Ley tal como se hallaba redactada, incluso en algún momento reprendió acre y severamente a un campesino que inicialmente se negaba a satisfacer unos daños causados por sus animales, pero lo que me sorprendió mucho más es que, al parecer, todos abandonaban el despacho judicial satisfechos.

Después de atender sus labores judiciales compartimos su frugal desayuno, ya que sus actividades agropecuarias recién iban a comenzar. Mientras despachábamos el mote con un pedazo de charqui, soasado en los rescoldos de la concha de barro, comencé a interrogarlo, para satisfacer mi desmedido y malsano don de la observación, acerca de su actividad judicial. Me comentó que la Corte le había proporcionado algunos libros de actas (para registrar los casos civiles y penales, entre otros), de esto hacía ya cuatro años, pero que hasta ahora no los había utilizado, sus páginas estaban inmaculadas. Tenía tercer año de primaria y esto no le permitía entender la diferencia entre un proceso civil y penal. Esta revelación me dejó frío. Me dije que este señor significaba un enorme peligro para la administración de justicia y había que hacer algo para evitar que esto continuara: que un ignorante resolviera los conflictos de su comunidad. Entonces, en mis reflexiones pensé que la mejor solución era designar como jueces de Paz a estudiantes o bachilleres en Derecho y no seguir manteniendo al margen de la Ley, en el oscurantismo e ignorancia a estos pobres campesinos. Antes de marcharnos del caserío nos mostró unos papeles judiciales sobre un proceso judicial por alimentos seguido por su hija, tramitado en la capital de provincia, el cual había sido rechazado por falta de algunos requisitos formales. Sin esperar nuestra opinión, mascando su deficiente castellano, recitó: “el Juez de Familia es un cagón”. Ignoro si lo dijo porque el magistrado que representaba la justicia oficial se haya mostrado temeroso aplicando literalmente el texto de la ley o simplemente porque cometió, a juicio de nuestro juez comunal, un error irreparable (después de todo son acepciones válidas a la palabreja “cagar”) o tal vez porque en aquella ocasión era una frase coloquial utilizada socarronamente por algunos guías de turismo que ya comenzaban a irrumpir en su comunidad.

Esta anécdota habría quedado enterrada para siempre en el olvido, a no ser que de un tiempo a esta parte se esté elogiando a la justicia comunal en desmedro de la justicia oficial; se dice, en los discursos académicos, que aquella tiene más legitimidad que esta.

Existen diversas manifestaciones de la justicia comunal, desde los ronderos hasta los jueces de paz de las comunidades alto andinas, como nuestro quechua hablante anfitrión de aquella vez, que son la viva expresión de la pluriculturalidad de nuestro país. Claro, a estos últimos no podemos confundirlos con los jueces de paz de las urbes.

Con la llegada de la madurez niveladora, al recordar mis impresiones juveniles acerca de la forma de hacer justicia de nuestro personaje, siento mucha vergüenza cuando, padeciendo una miopía intelectual que limitaba mi razonamiento, califiqué de ignorante a un juez de Paz, nunca mejor dicho, que satisfactoriamente resolvía los conflictos sociales tan solo conciliando la ley con la lógica, el sentido común, la equidad y la benevolencia, al abordar, como cientos de sus pares comunales, el problema de manera integral (no dividía el caso formalmente en asuntos civiles, penales, laborales, etcétera), y mediante la conciliación resolvía conflictos que no solo escapaban de su competencia jurisdiccional sino que incluso eran materias “formalmente” no conciliables (razones por las que son muchas veces denunciados) y para dar solución a la controversia utilizan elementos propios de su cosmovisión, sus valoraciones (priorizando la relación hombre-naturaleza) y costumbres de su comunidad.

Quizás, si por un momento nos habríamos calzado sus ojotas y nos habríamos embutido en su pantalón de bayeta, aquel juez de Paz algo de razón habría tenido al referirse al juez de Familia de su provincia.

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