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COL. 046
Domingo 11 de febrero del 2,024. Son las 5:00 p.m. y estamos en la agencia Cruz del Sur con cinco personas mayores, conformantes de una familia que había venido a pasar el fin de semana a nuestra querida Ica. Llegamos a la agencia Cruz del Sur, una agencia que gozaba de cierto respeto por su seriedad y su buen servicio; pero, esta vez ocurrió algo extraño y que creo que no es correcto, tal como lo se manifestaron -también- los pasajeros que esperaban embarcarse y que presenciaron el engorroso incidente.
Los cinco pasajeros se acercaron al mostrador donde se reciben los equipajes para registrarlos y disponer su pase a las bodegas del bus, pero, al mostrar sus boletos y entregar cuatro cajas para ser pesadas, cajas que contenían mangos, pecanas, miel de abeja y uvas, les advirtieron que las cajas que contenían frutas tenían que pagar por ellas un adicional de dos soles por cada kilo. Al increparle que explique a qué se debía y desde cuándo existía esa disposición con el equipaje, hicieron venir a un señor que, dijeron, era el administrador, pero que no tenía ni apariencia ni razonamiento para explicar ni resolver el problema, y lo único que dijo fue que había unos avisos en el mostrador y que podía tomarle fotos para ver sus contenidos. Fui a ver los avisos y encontré lo siguiente:
En uno dice: TARIFAS: Escanea este QR y conoce las tarifas para viajar en bus.
En otro dice: Cláusulas Generales de Contratación del servicio de viaje.
En el siguiente dice: Clausulas Generales de Contratación del Servicio de Cargo.
En otro dice: Libro de Reclamaciones
En el siguiente: Libro de Reclamaciones Virtual.
Como podrá usted comprender, amable lector, en ninguno de los avisos se explica nada, pero, frente a la demora que empezó a molestar a los demás pasajeros por este bochornoso incidente, se tuvo que optar por pagar el exceso cobrado.
La verdad es que no sabemos desde cuándo los equipajes que llevan frutas tienen que pagar aparte un costo adicional por cada kilo que contienen la valija o empaque que sea. Exigimos a las autoridades competentes que se pronuncien al respecto y, en caso de ser algo no establecido, sancionar a las empresas infractoras.